El Tribunal Supremo refuerza la protección del consumidor frente a cláusulas abusivas en tarjetas revolving
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias, la nº 154/2025 y la nº 155/2025, que abordan la falta de transparencia y la abusividad en los contratos de tarjetas de crédito revolving. Estas resoluciones refuerzan la doctrina existente sobre la necesidad de proteger a los consumidores frente a condiciones contractuales opacas y potencialmente perjudiciales.
Sentencia 154/2025: Nulidad de la cláusula de interés por falta de transparencia y abusividad
El Tribunal Supremo declaró nula la cláusula que fijaba el interés remuneratorio en un contrato de tarjeta revolving con Oney Servicios Financieros EFC S.A.U., basándose en dos aspectos fundamentales:
Falta de transparencia en la información precontractual:
La entidad no facilitó al consumidor información clara, comprensible y accesible antes de la firma del contrato. El Tribunal destacó que la información proporcionada no explicaba de forma adecuada cómo el sistema revolving afectaba a la amortización del capital y la generación de intereses. Esto impedía al consumidor comprender la carga económica real del producto contratado.Evaluación conjunta de la TAE y el sistema de amortización:
Aunque la TAE (21,84%) no era desproporcionada comparada con el interés medio del mercado (19,98%), el Tribunal consideró que debía evaluarse junto con el sistema de amortización revolving. Este sistema, al fijar cuotas bajas por defecto, alargaba indefinidamente la deuda y generaba un incremento desproporcionado de los intereses. El Tribunal concluyó que esta combinación de factores colocaba al consumidor en una posición desventajosa, convirtiéndolo en un deudor cautivo, incapaz de salir de la deuda acumulada.Falta de información sobre los riesgos del sistema revolving:
El contrato no advertía suficientemente sobre los riesgos inherentes al revolving, como la renovación automática del crédito y la posibilidad de anatocismo (capitalización de intereses). Esto, según el Tribunal, vulnera las exigencias de buena fe y crea un desequilibrio significativo entre las partes.
Sentencia nº 155/2025: Abusividad en la falta de claridad de las condiciones contractuales
En la Sentencia nº 155/2025, el Alto Tribunal ha revocado una resolución de la Audiencia Provincial de Madrid que había desestimado una demanda por abusividad en otro contrato de tarjeta revolving. Los argumentos que sustentaron la abusividad fueron similares, pero se enfatizaron otros aspectos relevantes:
Deficiencia en la explicación del funcionamiento del crédito:
La entidad Servicios Prescriptor y Medios de Pago EFC S.A.U. no proporcionó información detallada que permitiera al consumidor comprender el funcionamiento del crédito revolving, la relación entre la TAE (en este caso también superior al 20%) y la escasa amortización del capital.Impacto económico desproporcionado:
La combinación de una TAE elevada con cuotas mínimas de amortización generaba lo que el Tribunal denominó un efecto bola de nieve, donde la deuda crece a pesar de los pagos regulares. Este impacto económico, no adecuadamente explicado al consumidor, fue determinante para calificar la cláusula como abusiva.Incitación a la contratación mediante prácticas comerciales agresivas:
El Tribunal también valoró las técnicas comerciales utilizadas, como la oferta de estas tarjetas fuera de entornos financieros (en centros comerciales y estaciones), denominaciones que minimizaban los riesgos (cuota fácil), y la aplicación por defecto del sistema revolving sin una clara alternativa para el consumidor. Estas prácticas fueron consideradas contrarias a las exigencias de buena fe.
Conclusiones y Relevancia para el sector legal
Estas sentencias consolidan la doctrina del Tribunal Supremo sobre la necesidad de un control exhaustivo de transparencia en los contratos de productos financieros complejos como las tarjetas revolving. Las entidades financieras están obligadas a informar clara y detalladamente sobre los riesgos económicos que estos productos implican.
Para los procuradores y abogados, estas resoluciones ofrecen una base sólida para argumentar en defensa de los consumidores en casos similares, y destacan la importancia de revisar minuciosamente los contratos financieros en busca de cláusulas que puedan generar desequilibrios económicos y falta de transparencia.

