El Tribunal Supremo exige justificar nuevamente la condición de vulnerable para prorrogar la suspensión de desahucios
El Tribunal Supremo ha reiterado que para prorrogar la suspensión de un desahucio es imprescindible que el afectado acredite nuevamente su situación de vulnerabilidad. Esta decisión subraya la necesidad de justificar de manera periódica dicha condición para poder beneficiarse de la suspensión, enfatizando el carácter transitorio de la medida.
El beneficiado de la suspensión debe presentar la solicitud de prórroga de la suspensión al juzgado, que a su vez requerirá nuevamente un informe de los servicios sociales para verificar la situación de vulnerabilidad.
La sentencia utiliza la propia doctrina anterior, la STS 1417/2024, de 28 de octubre, que determina que la prórroga de una moratoria de un desahucio está condicionada al cumplimiento de los requisitos legales previstos en el RDL 11/2020, los cuales no son inmutables en el tiempo, y por tanto, no resultando invariables, deben acreditarse en cada prórroga.
Esta sentencia pone de manifiesto la importancia de aportar pruebas actualizadas y documentación adecuada para justificar la situación de vulnerabilidad, asegurando que el proceso sea justo para todas las partes implicadas.

