El RDL 6/2023, de 19 de diciembre que ya comentamos en su dia aqui, ha introducido una larga serie de novedades procesales.
Entre ellas, es importante tener en cuenta las siguientes, que entran en vigor en todas las demandas que se interpongan a partir del próximo 20 de marzo de 2024.
Es preciso tener en cuenta la Disposición transitoria segunda del Real Decreto, que determina que las modificaciones procesales introducidas lo son únicamente para los nuevos procedimientos incoados a partir de su entrada en vigor, esto es, el 20 de marzo de 2024. Os dejamos las distintas modificaciones procesales:
- Modificación Juicio Verbal, aumento de 6000 a 15000 euros.
- Presentación de recursos de apelación directamente ante la Audiencia (sólo procedimientos incoados desde el 20 de marzo)
- Cambio en el plazo de aportación de informes periciales cuando no fuera posible aportarlos con demanda o contestación: 30 días.
- Actuaciones por videoconferencia o medios electrónicos; por medio de acceso seguro. Posibilidad de solicitar dicha comparecencia en 10 días.
- Notificaciones y emplazamientos electrónicos. Obligación de emplazamiento electrónico para sujetos obligados a relacionarse por tales medios. Posibilidad para personas físicas
- Deber de comparecencias profesionales por medios telemáticos si lo acuerda el Juzgado.
- Procedimiento testigo y extensión efectos
- Adaptación a la LEC en la presentación de escritos y documentos - Jurisdicción laboral
- Obligación a la Administración de funcionar con Expediente Electrónico
- Procedimiento verbal para clausulas abusivas (Juzg. 50)
- Procedimiento verbal para divisiones de cosa común
Puedes ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos en tus consultas.

