La violencia económica como modo de violencia de género sobre la mujer

Adjuntamos importante Sentencia de la AP de Guipúzcoa, resolviendo que a  pesar de que la violencia económica no está incluida expresamente como modalidad de violencia de género en la LO 1/2004 ni se ha producido una modificación del Código penal, sí tiene reconocimiento internacional en el Convenio de Estambul, por lo que se considera que la violencia económica es una modalidad de violencia contra la mujer que consiste en la privación intencionada y no justificada de recursos para el bienestar físico o psicológico de una mujer y/o sus hijos

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